Ante el aluvión de consultas respecto a cómo proceder tras conocer la Sentencia de 16 de octubre, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que modifica su jurisprudencia anterior y concluye que no es el prestatario el sujeto pasivo del impuesto en las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria, sino la entidad prestamista, además de recomendar prudencia (porque desde aquí somos un tanto escépticos con el hecho de que los bancos devuelvan a sus clientes lo abonado por el impuesto sin más), también recomendamos seguir cada uno de los siguientes pasos:

  • Localizar la siguiente documentación: escritura de préstamo hipotecario,  facturas de notaría, registro de la propiedad, tasación del inmueble, gestoría y el modelo 600, que es el impreso por el que se liquidó el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
  • Presentar un escrito en la entidad bancaria solicitando la devolución de los gastos pagados para la constitución y formalización del préstamo hipotecario, que según el Tribunal Supremo, no debieron ser asumidos por el banco, sino por el cliente.
  • Esperar dos meses desde la presentación del escrito en la entidad, si es que el banco no contesta antes de este tiempo.
  • No firmar absolutamente nada con la entidad hasta que no sea supervisado por un experto en la materia. No sería la primera vez que firmamos un acuerdo con el banco y luego nos arrepentimos porque el pacto firmado no es fiel reflejo de la realidad que nos habían dibujado.
  • Si se desestima la reclamación o transcurre el plazo descrito sin que obtengamos noticias, será el momento de presentar una demanda en el Juzgado reclamando la devolución de los gastos indebidamente abonados por el cliente en la operación de constitución y formalización del préstamo hipotecario.
  • Por último, no hacer mucho caso a los titulares o noticias que aparecen en los medios de comunicación. Son cambiantes y tienden a confundir más que aclarar sobre estos extremos. Acuda a su profesional de confianza y le despejará las dudas que tenga al respecto.

Desde el bufete jurídico Servicios Legales PG recomendamos prudencia y paciencia, porque ahora la pelota está en el tejado de los bancos y si estos no resuelven como deben, serán los jueces los que se encarguen de dar al consumidor lo que le niega el banco.

Como siempre, quedamos a su entera disposición para cuantas dudas le puedan surgir respecto a asuntos de esta u otra naturaleza.

 

Juan Carlos Jiménez Aznar

Abogado en Servicios Legales PG

juancarlos@servicioslegalespg.com